Por Vicente Torrijos, profesor de ciencia política y relaciones internacionales en la Universidad del Rosario. Bogotá, Colombia. / Agosto 2004
DEFINICIÓN
Al analista y al periodista les interesa profundizar en el fenómeno del terrorismo político, es decir, el que tienen móviles, naturaleza y proyección política.
Hay terrorismo, a secas, o actos de terror, tanto en las guerras convencionales entre Estados, como en los actos vandálicos y delincuenciales en el diario vivir rural o urbano.
Los actos de terror en el marco de una guerra interestatal hacen parte del derecho de la guerra. Los actos de terror típicamente delincuencial hacen parte de los códigos de policía o de los códigos penales.
En cambio, cuando se habla de terrorismo político, se hable de un fenómeno relacionado con una legislación especial: la del delito político.
La figura de delito político se halla profundamente cuestionada y tiende a ser eliminada en casi todo el mundo. Aunque se alegue el carácter político de los actos terroristas, no hay que olvidar que el derecho internacional humanitario, por ejemplo, prohíbe, en cualquier caso, la toma de rehenes o los actos de terrorismo.
En tal sentido, los países industrializados reunidos en París, el 30 del julio de 1996, pidieron a todos los Estados que “…adopten las medidas a su alcance para revisar y modificar inmediatamente su legislación nacional antiterrorista a fin de garantizar que los actos terroristas se tipifiquen como delitos graves y que la gravedad de los actos terroristas quede debidamente reflejada en las sentencias cumplidas” (2/8).
Por tanto hay que entender al terrorismo político como parte de una estrategia más compleja en materia político-militar: la estrategia propia de los movimientos revolucionarios, o la estrategia propia de los movimientos por la liberación nacional.
Una guerra por la liberación nacional es aquella que libran los pueblos sometidos a la dominación colonial, a la invasión de una potencia extranjera o a la segregación racial.
Una guerra revolucionaria es aquella que libra un sector de la población contra un régimen establecido.
Por eso es que hay una profunda diferencia entre un grupo de delincuentes que se agrupan para poner una bomba en un esquina cada semana y las agrupaciones guerrilleras que, en el marco de una guerra prolongada, hacen uso de la bomba como parte de su accionar político-militar. Aunque siempre estará presente la prohibición de tomar rehenes o ejecutar actos terroristas, las acciones de fuerza dentro de un conflicto armado interno son consideradas como actos de guerra, o sea, propios de esta guerra interna que tienen lugar en el territorio de un Estado entre sus fuerzas armadas y fuerzas armadas disidentes o grupos armados organizados que, bajo la dirección de un mando responsable, ejerzan sobre una parte de dicho territorio un control tal que les permita realizar operaciones militares sostenidas y concertadas (protocolo II de 1977, adicional a los convenios de Ginebra de 1948)... leer mas / fuente
DEFINICIÓN
Al analista y al periodista les interesa profundizar en el fenómeno del terrorismo político, es decir, el que tienen móviles, naturaleza y proyección política.
Hay terrorismo, a secas, o actos de terror, tanto en las guerras convencionales entre Estados, como en los actos vandálicos y delincuenciales en el diario vivir rural o urbano.
Los actos de terror en el marco de una guerra interestatal hacen parte del derecho de la guerra. Los actos de terror típicamente delincuencial hacen parte de los códigos de policía o de los códigos penales.
En cambio, cuando se habla de terrorismo político, se hable de un fenómeno relacionado con una legislación especial: la del delito político.
La figura de delito político se halla profundamente cuestionada y tiende a ser eliminada en casi todo el mundo. Aunque se alegue el carácter político de los actos terroristas, no hay que olvidar que el derecho internacional humanitario, por ejemplo, prohíbe, en cualquier caso, la toma de rehenes o los actos de terrorismo.
En tal sentido, los países industrializados reunidos en París, el 30 del julio de 1996, pidieron a todos los Estados que “…adopten las medidas a su alcance para revisar y modificar inmediatamente su legislación nacional antiterrorista a fin de garantizar que los actos terroristas se tipifiquen como delitos graves y que la gravedad de los actos terroristas quede debidamente reflejada en las sentencias cumplidas” (2/8).
Por tanto hay que entender al terrorismo político como parte de una estrategia más compleja en materia político-militar: la estrategia propia de los movimientos revolucionarios, o la estrategia propia de los movimientos por la liberación nacional.
Una guerra por la liberación nacional es aquella que libran los pueblos sometidos a la dominación colonial, a la invasión de una potencia extranjera o a la segregación racial.
Una guerra revolucionaria es aquella que libra un sector de la población contra un régimen establecido.
Por eso es que hay una profunda diferencia entre un grupo de delincuentes que se agrupan para poner una bomba en un esquina cada semana y las agrupaciones guerrilleras que, en el marco de una guerra prolongada, hacen uso de la bomba como parte de su accionar político-militar. Aunque siempre estará presente la prohibición de tomar rehenes o ejecutar actos terroristas, las acciones de fuerza dentro de un conflicto armado interno son consideradas como actos de guerra, o sea, propios de esta guerra interna que tienen lugar en el territorio de un Estado entre sus fuerzas armadas y fuerzas armadas disidentes o grupos armados organizados que, bajo la dirección de un mando responsable, ejerzan sobre una parte de dicho territorio un control tal que les permita realizar operaciones militares sostenidas y concertadas (protocolo II de 1977, adicional a los convenios de Ginebra de 1948)... leer mas / fuente
compañero de Bruto TV no hentiendo lo que ha puesto en su pajina huev, deve poner algo que el puevlo entienda mas facil,como fragmentos de los ensayos de mariategui o del Kapital de carlos max, pero vueno supongo que lo hace con vuena intencion, gracias compañero
ResponderBorrarviva el pensamiento rebolucionario de lenim, viva la lucha del sindicato
oye corrector* de el comercio no te escondas bajo ese falso nick.
ResponderBorrar*el encargado de cuidar y corregir la ortografía en un diario (aca en tvbruto sinceramente falta uno)